Antonio Belmonte Cañada |
SANTO DOMINGO.- La Dirección Nacional de Control de Drogas
(DNCD) anunció la deportación, luego de cumplir condena, de
dos nacionales españoles que guardaban prisión en el país después
que intentaran salir como “mulas” cargadas de cocaína por el Aeropuerto
Internacional de Las Américas con destino a Europa.
Se trata de Antonio Matos Carballal y Antonio Belmonte Cañada.
El primero estaba preso desde mediado de agosto del 2012 y el
segundo desde principio de enero del 2010.
Matos Carballal fue sorprendido en aquella ocasión cuando se
disponía salir por el Aila en el
vuelo TX556 de la aerolínea Air Caraibes con destino a París,
Francia, con cinco paquetes de cocaína escondidos en su equipaje.
De su lado, Delmonte Cañada fue arrestado en la misma terminal aérea,
momentos en que abandonaría el territorio nacional en el vuelo 6500 de
Iberia, con destino a Madrid, España, con 85 bolsitas de cocaína en el
estómago.
Como se estila, ambos fueron custodiados hasta el Aila por un equipo
del Departamento Investigaciones Especiales (DIE) de la DNCD, donde fueron
recibidos por agentes de la Interpol-Francia que los trasladaron en un vuelo de
la aerolínea Air Europa con destino a Madrid, la capital de España.
Antonio Matos Carballal |
Al dar la información, el portavoz de la DNCD, Darío Medrano, reveló
que en el último año y medio la agencia ha deportado o extraditado a
46 nacionales dominicanos y extranjeros, mientras que otros 12
guardan prisión con esa finalidad, por su implicación en diversos crímenes,
básicamente narcotráfico y fraude, cometidos en el país o el exterior.
Uno de estos internos es el estadounidense Ryan Miller, de 28 años,
quien se encontraba prófugo de la justicia de su país, por la comisión de un
fraude, y fue capturado recientemente por la DNCD en el Aeropuerto
Internacional Gregorio Luperon, de Puerto Plata.
Al momento de su detención, Miller encontraba en el parqueo
de ese aeropuerto en una jeepeta marca Ranger Rover, año 2009, color negra,
placa G200912, la cual le fue incautada.
Ryan Miller |
La Ley 285-04 sobre migración, en su artículo 15 establece que no serán
admitidos en el territorio nacional los extranjeros con antecedentes
penales o prófugos de la justicia de sus países.
En todos los casos, la DNCD da cumplimiento a sentencias emanadas de la
Suprema Corte de Justicia que ordena la extradición de los infractores que han
venido a ocultarse en el país o delinquido aquí, así como otras órdenes de
deportación, emanadas de las autoridades competentes.
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