Se concederán permisos solo
a camiones de no más de una cola, y que acarreen combustibles, agua, leche,
cerdos, pollos o alimentos perecederos en corto tiempo.
El Instituto Nacional de
Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), anunció este lunes que exceptuando
las camionetas, furgonetas y vehículos oficiales de emergencia o de servicio
público, estará prohibida la circulación de transporte de carga en todo el
territorio nacional desde el lunes 24 de diciembre a partir de las 12:00 de la
media noche, hasta el miércoles 26 a las 06:00 a.m. y desde el lunes 31 de
diciembre, a partir de las 12:00 de la media noche, hasta el miércoles dos (2)
de enero de 2019 a las 06:00 a.m.
El aviso informa que siempre
que exista una razón para justificar la circulación en los horarios y días
anteriormente señalados, podrán hacerlo para acarrear combustible, agua, leche,
cerdos, pollos, alimentos perecederos en corto tiempo o artefactos de
organización de eventos, en camiones de no más de una cola, debidamente
inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Carga y autorizados por
INTRANT, mediante permisos con protección QR para su fiscalización, obtenidos y
pagados exclusivamente en línea en el portal oficial www.intrant.gob.do, desde
la fecha de esta publicación, siguiendo las instrucciones indicadas en el
referido sitio web.
La institución adopta la
medida para garantizar la seguridad de los ciudadanos en las vías y prevenir
los siniestros de tránsito ante los desplazamientos masivos por las festividades
de Navidad y Año Nuevo.
La velocidad de circulación
establecida para los vehículos de carga es de 70 kilómetros por hora, viajando
siempre por el carril del extremo derecho, en todas las carreteras del país, en
cumplimiento de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial de la República Dominicana.
En su Artículo 120 la sobre
establecimiento de horarios para el transporte de cargas, la Ley 63-17 dicta
que el transporte de cargas podrá circular en zonas específicas y en los
horarios que previo estudio establezca el INTRANT, para que coincidan con los
períodos de menor congestión vehicular para cargar y descargar mercancías,
residuos y escombros.
INTRANT es
el instituto rector y regulador del transporte terrestre en la República
Dominicana, encargado de cumplir y hacer cumplir la Ley 63-17 de Movilidad,
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
En la actualidad trabaja
para la implementación del Plan Nacional de Seguridad Vial y tiene como meta
reducir en un 30 % las víctimas de la siniestralidad al año 2020.
Fuente https://intrant.gob.do/index.php/noticias/item/442-intrant-prohibe-circulacion-de-vehiculos-de-carga-en-dias-festivos-de-navidad-y-ano-nuevo
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